03/10/2018
Certificado de Instalación Eléctrica APTA
Las Instalaciones Eléctricas en Córdoba siempre fueron un caos, cualquier persona las diseñaba, dirigía y ejecutaba, y ninguna autoridad se preocupaba por la seguridad de las mismas.
Esto parece haber llegado a su fin, ya que con la entrada en vigencia de la Ley de Seguridad Eléctrica Nº 10281, habrá un punto de inflexión, y lentamente se alcanzará la excelencia.
Para que cualquier lector interprete de forma rápida como se manejarán las Instalaciones Eléctricas a partir de Septiembre del corriente año, basta solo con poner el ejemplo del GAS.
Cuando uno está desarrollando una nueva instalación de GAS debe llamar a un Gasista Matriculado, el cual le garantizará que, una vez terminada la obra, usted puede solicitar el medidor sin problemas, ya que la instalación estará acorde a normativa.
Si en vez de eso, usted contrata cualquier gasista y hace una instalación bajo cualquier criterio, es probable que, el día que vaya a solicitar el medidor, le rechacen la instalación y deba realizar todas las correcciones para llevar la misma a lo que indica la normativa.
A partir de Septiembre, en el campo de las Instalaciones Eléctricas, el procedimiento será muy parecido. Cuando entre en vigencia la nueva Ley de Seguridad Eléctrica, la persona que desee solicitar un nuevo medidor de energía, para un determinado inmueble, deberá presentar ante la empresa de Energía correspondiente un Certificado de Instalación Eléctrica APTA. Este certificado, por supuesto, solo podrá estar firmado por los profesionales que el ERSeP habilite para cada caso.
Imagínese ahora la siguiente situación. Usted se encuentra construyendo o está por iniciar una construcción. Como hasta la fecha, a las Instalaciones Eléctricas, nadie les dio importancia, lo más probable es que las mismas se realicen sin el más mínimo resguardo normativo.
Si se da el caso en que usted termina la obra después de la entrada en vigencia de la Ley de Seguridad Eléctrica, para poder solicitar el medidor deberá llamar un Instalador Electricista Habilitado, que le revise las instalaciones eléctricas y le firme el APTO correspondiente, de lo contrario la empresa de Energía no podrá entregarle el Medidor.
Si usted es una persona afortunada, y el individuo que le hizo la instalación tiene algún conocimiento de la normativa, es probable que sean muy pocas la modificaciones que deba realizar para llevar la instalación bajo norma y conseguir así que el Instalador Electricista Habilitado pueda firmarle el APTO, pero si no tuvo mucha suerte, y de acuerdo a como se vienen ejecutando las instalaciones hasta el momento, no respetando el más mínimo requerimiento normativo, usted deberá quitar todo lo hecho y realizar una instalación nueva desde cero.
Imagínese lo costoso que será para usted tener que hacer toda una instalación nueva, romper de nuevo las paredes, volver a traer albañiles, etc.
Esto es algo que le pasará a muchas personas y es por eso que desde IECOR le aconsejamos que todavía está a tiempo de corregir.
Recuerde, las Instalaciones Eléctricas deben ser ejecutadas bajo la Norma AEA-90364. Si el electricista, arquitecto o constructor que está ejecutando su inmueble no conoce la misma, le aconsejo que se asesore de forma urgente.