23/11/2023
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DE BOLIVIA MISIÓN Y VISIÓN MISIÓN “El Tribunal Supremo de Justicia, es parte del Órgano Judicial y máxima autoridad de la Jurisdicción Ordinaria, imparte justicia en el marco de sus atribuciones y en sujeción a los valores, principios y normativa vigente, a fin de consolidar un efectivo servicio a la sociedad, que garantice la armonía, la paz social y el bien común.” VISIÓN “El Tribunal Supremo de Justicia, goza de la confianza y respaldo social, en razón a la entrega de una justicia imparcial, pronta, transparente, de calidad y accesible, traducida en resoluciones y actuaciones que garantizan la seguridad jurídica en materia ordinaria.” Valores y Principios El nuevo Modelo de Estado impone que los diferentes Órganos del Poder Público desarrollen sus actuaciones, sobre la base del respeto y aplicación de principios ético-morales, valores y principios generales y particulares establecidos, de tal forma que se puedan consolidar los fines del Estado en los diferentes ámbitos. Merced a ello, el Órgano Judicial y por ende los Tribunales y Entidades que lo conforman, se regulan por principios y valores contenidos en la Constitución Política del Estado, la Ley N° 025 y reglamentación especial. A los fines de la construcción de un Plan Estratégico Institucional del Órgano Judicial y en el caso particular del Tribunal Supremo de Justicia, deben ser considerados e integrados a dicho Plan, los Principios Ético – Morales, los Principios del Preámbulo de la Constitución Política del Estado, los Valores Constitucionales, los Principios del Órgano Judicial y los Principios propios de la Jurisdicción Ordinaria, por cuanto los mismos se constituirán en el cimiento de la proyección entitativa contenida en el PEI del Tribunal Supremo de Justicia. VALORES Con relación a los Valores que se supone se aplican al Órgano Judicial, y por ende a la Jurisdicción Ordinaria, no se identifican valores particulares del mismo, debiendo en su caso incorporarse Valores propios en la medida de la construcción de la Normativa Ética que el propio PEI, establece debe realizarse como una acción estratégica específica, acción que al efecto, debe ser construido en una lógica participativa y con la guía de las máximas autoridades judiciales. En esa medida son Valores lógicamente aplicables al Órgano Judicial y por ende a la Jurisdicción Ordinaria y al Tribunal Supremo de Justicia, aquellos en los que se sustenta el Estado Boliviano y que se encuentran establecidos en el Art. 8-II de la Constitución Política del Estado, siendo los mismos: • Unidad. • Igualdad. • Inclusión. • Dignidad. • Libertad. • Solidaridad. • Reciprocidad. • Respeto. • Complementariedad. • Armonía. • Transparencia. • Equilibrio. • Igualdad de oportunidades. • Equidad social y de género en la participación. • Bienestar común. • Responsabilidad. • Justicia social. • Distribución y redistribución de los productos y bienes sociales, para vivir bien.