04/06/2025
CASAS MÓVILES O MOBILE HOME.
Dado que muchas personas nos consultan por este tema, os dejo aquí esta información.
El Tribunal Supremo en su sentencia nº1917/2024 de 5 de diciembre de 2024 ha establecido que la instalación de casas móviles, conocidas como "mobile homes", requiere la obtención de una licencia urbanística específica, incluso cuando se ubiquen en campings que ya cuentan con licencia de actividad.
¿Qué implica esta decisión?
Equiparación a casas prefabricadas: las "mobile homes" se consideran asimilables a casas prefabricadas debido a su uso residencial y su carácter permanente una vez instaladas.
Necesidad de licencia urbanística: su instalación constituye un uso del suelo que debe ser autorizado mediante la correspondiente licencia urbanística, conforme al artículo 11.4.c) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre. Con independencia de las leyes autonómicas y ordenanzas locales aplicables, se aplica este criterio a todo el territorio nacional.
Licencia de actividad insuficiente: la licencia de actividad de un camping o espacio similar no ampara la colocación de estas estructuras, ya que dicha licencia no evalúa ni autoriza usos urbanísticos del suelo.
Recomendaciones:
Consulte con un técnico competente, arquitecto o arquitecto técnico (aparejador) sobre la situación urbanística de suelo terreno y sus posibilidades. Tambien podemos hacerles nosotros estas gestiones y resolverle las dudas que le puedan surgir.