07/04/2015
NORMATIVA Y LEGISLACIÓN SOBRE LAS CASAS PREFABRICADAS EN ESPAÑA
Uno de los temas ocultos que muchos suelen pasar por alto a la hora de comprar una casa prefabricada es el tipo de normativa que contempla su ubicación en el lugar donde queramos situarla. El auge de este tipo de viviendas en nuestro país es muy reciente, y no existe una normativa clara al respecto, por lo que tampoco se dispone de mucha información sobre el tema.
En el marco estrictamente legal, lo primero que hay que definir es si las casas prefabricadas son consideradas bienes muebles o inmuebles. Dependiendo de esta catalogación tendrán un tratamiento u otro, y por consecuencia, una normativa u otra. Si nuestra casa prefabricada va anclada al suelo (por los cimientos de cemento) y posea tomas de luz, abastecimiento de agua pública y demás, será considerada bien inmueble, a la misma altura que las casas tradicionales. Eso quiere decir que necesitará de una licencia para su construcción y ubicación, así como cumplir con todos los requisitos de la LOE (Ley de Ordenación de Edificios) y el CTE(Código Técnico de Edificación). Se necesitarán los permisos y licencias de una casa normal, incluyendo el de obras, aunque sea solo para el momento de su ubicación y anclaje en la parcela escogida. Por supuesto, solo podrá ubicarse en suelo urbanizable.
En el caso de que la casa sea prefabricada, pero no esté anclada al suelo y posea sus propios medios para abastecerse de luz, agua, etc…, sin necesidad de utilizar los públicos, se considerará un bien mueble, con lo que quedará exenta de gran parte del papeleo que hemos visto anteriormente. Estas llamadas casas móviles podrían compararse con un coche a efectos legales. Necesitaremos ciertas licencias, sobre todo referidas a la ubicación de la casa móvil, pero no necesitaremos licencia de obra. La legislación ve en estas casas una especie de viviendas móviles, que pueden cambiar de ubicación en cualquier momento. Sería demasiado tedioso tener que arreglar un gran papeleo cada vez que la cambiemos de lugar, por lo que la legislación es mucho más flexible en estos casos.
Las diferencias entre unas y otras son claras. Nosotros siempre nos hemos centrado en las casas prefabricadas, no en las móviles, ya que consideramos que este sector se va a convertir en la alternativa real a la vivienda tradicional, ya que comparte muchas más características con ella. En caso de querer adquirir una casa prefabricada para anclarla en una parcela determinada, lo primero que debe hacer es acudir a su ayuntamiento, que es el órgano encargado de otorgar las licencias de obra necesarias para la construcción, o en este caso instalación, de los inmuebles.
MUY IMPORTANTE
A la hora que decidas montar una casa de madera ,sea en el terreno que sea, es mejor ir y preguntar en tu ayuntamiento que es necesario para su construcción.Porque en cada ayuntamiento tiene sus normativas para dicho lugar.