01/04/2020
COMUNICADO SOBRE ORDEN EJECUTIVA 2020-029
Estimados colegiados:
El pasado 30 de marzo 2020 la Hon. Wanda Vázquez Garced, Gobernadora de Puerto Rico, emitió la Orden Ejecutiva Núm. 2020-029. Dicha Orden para extender las medidas tomadas para controlar el riesgo de contagio del coronavirus COVID-19, en Puerto Rico.
Entre otras medidas, la mencionada Orden establece los servicios que están exentos del cierre decretado y podrán operar bajo ciertas condiciones. A esos fines la Orden indica en su Sección 6ta lo siguiente:
Sección 6ta.
Siempre y cuando ofrezcan servicios en una situación de emergencia y brinden un número telefónico o correo electrónico para ser contactados sin necesidad de abrir un local o establecimiento al público, atendiendo los aspectos de salubridad, seguridad e higiene, y estableciendo los controles necesarios para lograr distanciamiento social y evitar la propagación del COVID-19 en su comparecencia.
1. Podrán operar plomeros, electricistas, exterminadores y otros servicios que son necesarios para el mantenimiento de la salud, la seguridad y operación esencial a nivel individual, residencial, comercial, industrial o público. Esto incluye mantenimiento de elevadores o piscinas. Las urbanizaciones con control de acceso y sus administradores deberán dar fiel cumplimiento a las directrices de esta Orden Ejecutiva so pena de estar sujetas a responsabilidad.
No hay duda de que los Técnicos de Refrigeración y Aire Acondicionado, LICENCIADO Y COLEGIADO, estamos incluidos en aquellos servicios que pueden considerarse necesarios para el mantenimiento de la salud, la seguridad y operación esencial a nivel individual, residencial, comercial, industrial o público.
Siendo así, los Técnicos de Refrigeración y Aire Acondicionado podemos operar siempre y cuando sigamos las directrices de la Orden Ejecutiva, a saber;
• Se ofrezcan servicios en una situación de emergencia.
• Se brinde un número telefónico o correo electrónico para ser contactado.
• No se abra el local o establecimiento al público, y.
• Se mantenga distancia de la persona(s) a las que se le vaya a dar el servicio.
Estoy consciente que una “situación de emergencia” es un término muy amplio y puede prestarse a diferentes interpretaciones. Por lo tanto, la urgencia del servicio solicitado debe ser determinada por cada Técnico. Lo importante es que, de brindarse el servicio, se enfatice en los aspectos de salubridad, seguridad e higiene.
Antonio Figueroa Rey
PRESIDENTE CTRAPR
# ESTE VIRUS LO PARAMOS UNIDOS